El Congreso aprueba una Proposición No de Ley para impulsar la vivienda cooperativa en cesión de uso webREASrdr 12/11/2025

El Congreso aprueba una Proposición No de Ley para impulsar la vivienda cooperativa en cesión de uso

La Comisión de Vivienda y Agenda Urbana del Congreso de los Diputados aprobó el 11 de noviembre de 2025 la Proposición No de Ley (PNL) sobre las cooperativas de viviendas en régimen de cesión de uso (Exp. 161/002554), presentada por el Grupo Parlamentario Republicano.

La iniciativa fue aprobada con 19 votos a favor, 3 en contra y 14 abstenciones, en el marco de la sesión nº 21 de la Comisión.

La PNL insta al Gobierno a impulsar medidas normativas, fiscales y financieras para fortalecer el modelo de vivienda cooperativa en cesión de uso como herramienta de acceso asequible, estable y no especulativo a la vivienda.

PDF PNL Vivienda Cooperativa Cesión de Uso Congreso Diputados 11 noviembre 2025.

 

Un respaldo político relevante al modelo

La aprobación de esta PNL supone un respaldo político significativo al modelo de vivienda cooperativa en cesión de uso, desarrollado desde hace años por el sector de la Economía Social y Solidaria y articulado a nivel estatal por la Red Vivienda Cooperativa. Esta red es socia de REAS Red de Redes y miembro de Housing Europe y la entidad representativa del sector de la vivienda cooperativa en régimen de cesión de uso en el Estado español.

Entre los aspectos más destacados del texto aprobado se incluyen:

  • La modificación de la legislación estatal de cooperativas para reforzar el encaje jurídico del modelo.
  • La adaptación del régimen fiscal de cooperativas (Ley 20/1990) para reconocer específicamente a las cooperativas en cesión de uso.
  • El impulso de bonificaciones fiscales en tributos locales como el IBI y el ICIO.
  • El fomento de instrumentos de captación y gestión de suelo para este modelo.
  • La promoción de avales públicos, incluyendo la implicación de CERSA, para facilitar la financiación de los proyectos.
  • El reconocimiento del modelo de cohousing senior.
  • La mención a herramientas como los Community Land Trust.

La PNL incorpora también referencias a la necesidad de transferir fondos a las comunidades autónomas y ofrecer apoyo a las administraciones competentes, reflejando la sensibilidad competencial en materia de vivienda.

Un trabajo sectorial sostenido

Desde Red Vivienda Cooperativa se ha venido trabajando durante meses con distintos grupos parlamentarios para trasladar propuestas concretas de mejora normativa y fiscal del modelo.

El texto finalmente aprobado recoge buena parte de las propuestas trasladadas desde el sector, aunque algunos puntos han sido reformulados durante el proceso de negociación parlamentaria.

La aprobación no estaba garantizada hasta el último momento, dado el equilibrio ajustado en la Comisión. Finalmente, la abstención del Grupo Popular resultó determinante para que la iniciativa prosperara.

Alcance jurídico de la PNL

Conviene recordar que una Proposición No de Ley no tiene efectos normativos directos, pero constituye un mandato político al Gobierno y fija una posición formal del Congreso en relación con el modelo.

En este caso, la aprobación de la PNL:

  • Reconoce institucionalmente la vivienda cooperativa en cesión de uso como herramienta válida de política pública.
  • Refuerza la legitimidad del modelo ante administraciones autonómicas y locales.
  • Marca una hoja de ruta para futuras reformas legislativas y fiscales.
  • Consolida el modelo dentro del debate estatal sobre vivienda.

 

Un contexto político complejo

La sesión del 11 de noviembre incluyó también otras iniciativas en materia de vivienda que fueron rechazadas, mientras que la PNL sobre cooperativas fue una de las pocas que obtuvo respaldo mayoritario.

Medios de comunicación como El Periódico de Aragón destacaron que fue la única propuesta en materia de vivienda que logró un apoyo amplio en esa sesión.

Este hecho refuerza la posición del modelo cooperativo en cesión de uso como una propuesta transversal y con capacidad de generar consensos más amplios que otras medidas en el actual escenario parlamentario.

Próximos pasos

Desde Red Vivienda Cooperativa trabajamos para que el contenido de la PNL se traduzca en medidas concretas:

  • Desarrollo reglamentario y reformas normativas.
  • Mejora del régimen fiscal.
  • Instrumentos financieros específicos.
  • Impulso del acceso a suelo público.
  • Incorporación del modelo en planes estatales y autonómicos de vivienda.

La aprobación de esta PNL constituye un hito político relevante en el proceso de consolidación del modelo en el Estado español, pero el trabajo continúa para que el reconocimiento parlamentario se traduzca en políticas públicas efectivas.

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TEXTO APROBADO DE LA PNL sobre Vivienda Cooperativa en cesión de uso:

https://www.congreso.es/public_oficiales/L15/CONG/BOCG/D/BOCG-15-D-434.PDF#page=7

161/002554 

La Comisión de Vivienda y Agenda Urbana, en su sesión del día 11 de noviembre de 2025, aprobó la Proposición no de Ley sobre las cooperativas de viviendas en régimen de cesión de uso, presentada por el Grupo Parlamentario Republicano y publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 409, de 14 de octubre de 2025, en sus propios términos:

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:

  1. Modificar la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, para desarrollar la regulación del modelo y blindar el interés general de manera permanente, en elementos clave como evitar la adjudicación del dominio pleno o del derecho de superficie, o de otro derecho real, a las personas socias, permitir la transmisión de los inmuebles solo a cooperativas de la misma subclase y regular las aportaciones sociales de acuerdo con los principios de coste y no especulación.
  2. Realizar las transferencias de fondos necesarias a las administraciones públicas competentes en materia de vivienda para impulsar la vivienda cooperativa en cesión de uso y planificar políticas públicas de acuerdo con este modelo.
  3. Modificar la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre el Régimen Fiscal de las Cooperativas, por considerar las cooperativas en cesión de uso especialmente protegidas, viviendas o alojamientos de forma indefinida, sin enajenar la propiedad ni adjudicarla a sus socios y socias.
  4. Impulsar bonificaciones fiscales en la tributación local (IBI e ICIO) en colaboración con los entes locales correspondientes por los proyectos de vivienda cooperativa en cesión de uso.
  5. Impulsar y promover la implementación de instrumentos de captación y gestión de suelo y patrimonio con una dimensión público-comunitaria que permitan a las administraciones públicas competentes en materia de vivienda aumentar la vivienda cooperativa en cesión de uso y el parque de vivienda social y asequible, de forma similar a las experiencias de los Community Land Trust existentes en otros países.
  6. Garantizar a las administraciones públicas competentes en materia de vivienda la financiación necesaria para reducir las aportaciones iniciales de todos los proyectos de vivienda cooperativa en cesión de uso, facilitando su asequibilidad y su inclusión social, y para fomentar y desarrollar el modelo.
  7. Ofrecer a las administraciones públicas competentes en materia de vivienda la financiación suficiente para el desarrollo de proyectos piloto de vivienda cooperativa en cesión de uso que no hayan recibido ningún otro tipo de ayuda a la promoción con fondos del Estado.
  8. Ofrecer la opción de reaval a las sociedades de garantía recíproca autonómicas por parte de Cersa, Compañía Española de Reafianzamiento, para promover la prestación de avales que faciliten la financiación de los proyectos de este modelo.
  9. Reconocer y promover la vivienda cooperativa en cesión de uso para personas mayores con servicios y espacios compartidos (o co-vivienda senior) en el marco de la estrategia de desinstitucionalización a nivel estatal, así como aquellos proyectos dirigidos a otros colectivos con necesidades específicas, como las personas con discapacidad.»

Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.

Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2025.―P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.

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